Criterio de evaluación: d) Se ha notificado formalmente el incidente a los afectados, personal interno, clientes, proveedores, etc., en caso de ser necesario.

Conceptos

  • Guías sobre requisitos del RGPD (Art. 34).
  • Plantillas de notificación a afectados (clientes, empleados).
  • Consideraciones sobre el canal de comunicación (email, carta, web).